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viernes, 10 de julio de 2015

Semana 14: Comites

Comités
Esta semana se habló de los: comités. La verdad, nunca había escuchado que era un comité, no sabía a qué se refería, ni mucho menos pensé que fueran algo importante.

El artículo 111 del Código civil define al comité como la organización de personas naturales o jurídicas, o de ambas, dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista.
El comité es una de las novedades que trajo el Código al ser promulgado. La ley de 1936 no lo contemplaba como una de las personas jurídicas del derecho civil.


Comité Olímpico Peruano 
A mi me encanta entrenar karate y recodé que una vez mi sensei mencionó algo sobre un "comité olímpico", así que me causo intriga saber si en verdad existía.

¡Pues sí! 
La misión de los Comités olímpicos nacionales (CON) consiste en fomentar y proteger al Movimiento Olímpico en sus respectivos países, de conformidad con la Carta Olímpica.

 El Comité Olímpico Peruano, es una entidad directriz del deporte amateur, cuya fundación data del 9 de Octubre del año 1924, tal como consta en las Actas de Instalación y en la Resolución Suprema de esa fecha, mediante la cual se resuelve la instalación del Primer Comité Olímpico Peruano, bajo la denominación de Comité Olímpico Nacional, en la que además, se indica que asumía el control y organización de todos los deportes en la República de Perú, facultad que mediante la Ley 8741 del 8 de Setiembre de 1938, fuera delegada al Comité Nacional de Deportes y de este modo, el Comité Olímpico Peruano se aboca exclusivamente a la conducción del deporte amateur y el movimiento olímpico en nuestro medio.  Cabe resaltar que desde el año 1938 hasta 1972 un solo Comité Ejecutivo conducía los destinos del Comité Olímpico Peruano y del Comité Nacional del Deporte. 



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